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Demoras en la Devolución del IGV al Exportador

Picón & Asociados
May 31. 2018

Enrique Alvarado Goicochea

Socio de Picon & Asociados

Martes 29 de mayo del 2018 | Diario Gestión

 

Mediante el DS 088-2018-EF (04.05.2018), el gobierno modificó el Reglamento de Notas de Crédito Negociable, ampliando los plazos para la devolución del saldo a favor del IGV a las empresas agroexportadoras. La norma amplía el plazo para atender estas devoluciones de 5 días hábiles a 30 días hábiles de manera general o a 15 días hábiles cuando los proveedores hayan entregado comprobantes de pago electrónicos en un 70%.

Esta última situación, por ejemplo, es de muy difícil cumplimiento debido a que la transacción de productos agrícolas se da en el campo, en la que resulta complicada emitir comprobantes electrónicos, razón por la cual el exportador solo podrá recuperar la devolución en el plazo más largo (30 días). Además, se ha establecido requisitos más rigurosos, incluso cuando la devolución esté garantizada con carta fianza, pues se requiere comprobantes y registros contables electrónicos. Estimamos que, según datos de SUNAT y BCRP para el 2017, está en juego devoluciones por S/ 726.1 millones.

El sustento para esta medida, según la SUNAT, se debe a que los proveedores de los exportadores no cumplen con sus obligaciones tributarias y además incurren en operaciones no reales. Sin embargo, se olvidan que muchos de los productos agrícolas están sujetos a la detracción (1.5%), lo que permite obtener al fisco el pago adelantado del IGV.

La demora de la validación de los datos que se obtiene de la fiscalización, se debe, en muchos casos, a que el auditor de SUNAT no conoce el sector, a tal punto que utiliza parámetros que no se aplican en las transacciones en el campo, como por ejemplo: cotizaciones de otros proveedores, órdenes de compra, guías de remisión, números de celulares de proveedores. El incumplimiento de dichas “formalidades” habilita a la SUNAT a tipificar a la operación como no fehaciente, cuando, en rigor, los productos agrícolas han sido enviados al extranjero y tramitados ante la propia SUNAT (ADUANAS).

Si bien discrepamos de los nuevos plazos, anhelamos que éstos se cumplan pues los anteriores no se cumplían y la devolución se alargaba. Una adecuada capacitación de los auditores permitirá agilizar el procedimiento para facilitar el flujo de dinero a los agroexportadores, a fin de que generen más puestos de trabajo, logren el crecimiento del sector y dinamicen la economía nacional.

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